Inscripción a Cursada

CAPÍTULO II: PERMANENCIA (RAM)

Artículo 17.- Los y las estudiantes deberán inscribirse en cada una de las unidades curriculares que cursarán en cada cuatrimestre o año lectivo, en las fechas establecidas para tal fin. Para que la inscripción tenga validez se debe respetar el sistema de correlatividades establecido en el Diseño Curricular de la carrera.

Artículo 20.- Es estudiante condicional aquél que ingresa a un IES adeudando asignaturas de nivel secundario, o es mayor de 25 años y participa del dispositivo de evaluación dispuesto por la DGES. Esta condición se extiende hasta el 31 de octubre, fecha límite para regularizar su situación. Los estudiantes en esta condición son susceptibles de todos los derechos y obligaciones de un estudiante regular; no obstante, no podrán acreditar unidades curriculares hasta tanto completen la documentación exigida. Para lo cual los institutos deberán habilitar un Libro de Registro de estudiantes condicionales, para disponer de información sobre su situación académica.

Caja Curricular y régimen de correlatividades:

NOTA: para ver los diseños curriculares de todas las carreras, ir a la sección nuestras ofertas

Inscripción a unidades curriculares:

Si algún link no funciona, o no corresponde, por favor dirija un correo a oficinaestudiantes804@gmail.com indicando cuál es. Desde ya, muchas gracias.